miércoles, 22 de agosto de 2007

Auxiliares del comercio

Los auxiliares de comercio son los colaboradores de una empresa.

Estos auxiliares pueden ser de carácter intelectual o material como: abogados contadores etc. Los auxiliares del comerciante tienen diferente grado de facultad de representación

  1. Auxiliares dependientes: que son los que se encuentran en una posición subordinados respecto al comerciante y forma parte de su organización
  2. Auxiliares autónomos: no forman parte de la organización de la empresa y se encuentra en una posición independiente respecto al comerciante.

Los auxiliares dependientes están divididos en factores y los dependientes de comercio

  • El factor: es la persona que administra un establecimiento mercantil en nombre y por cuenta del dueño.
  • Dependientes: son los empleados sud alternos que el comerciante tiene para que le colaboren en sus operaciones bajo dirección.

Principal------> factor-----> dependientes
“dueño” “gerente” “subordinados”

Los auxiliares autónomos son los corredores: los corredores son los empleados de comercio que exoneran su mediación a los comerciantes para facilitarle la conclusión de sus contratos. Estos están regulados por la luy federal de la correduría.

NOTA: el Co de Co. define al factor como el gerente de una empresa. "la relacion que existe entre el principal (dueño) y los auxiñiares de comercio es una relacion netamente laboral.

La quiebra.

La quiebra es el estado jurídico en el cual se encuentra un comerciante o una sociedad mercantil cuando ha cesado el pago de sus obligaciones, es decir, se podría considerar como un comerciante que tenga sus pasivos superiores al activo.

La quiebra se realiza con el fin de obtener la liquidación de los activos del quebrado y la distribución equitativa de los bienes que lo constituyen. “las sociedades mercantiles por tener personalidad jurídica pueden quebrar, así como también las sociedades en liquidación pueden ser declaradas en quiebra"

A las personas físicas o jurídicas que se encuentran en estado de quiebra se le denominan fallidos.

Características del estado de quiebra:
  1. Es una situación de insolvencia generalizada.
  2. Es permanente en el tiempo
  3. Es una situación de insolvencia de gran magnitud que se torna insalvable para el deudor.

Existen 2 tipos de quiebra estas son:

  • La quiebra voluntaria: (cuando el deudor o la compañía afectada inician voluntariamente un proceso de quiebra)
  • La quiebra involuntaria: ( cuando el proceso es iniciado por un extraño, la mayoría de las veces es un acreedor)

También cabe destacar que existen 3 clases de quiebra:

  • La quiebra fortuita (originada por insolvencias provenientes de infortunios causales o inevitables ajenos a la voluntad del fallido)
  • La quiebra culpable: (es la del comerciante que con actos contrarios a las exigencias de una buena administración mercantil haya producido, facilitado o agravado el estado de suspensión de pagos)
  • La quiebra fortuita: (es cuando el comerciante dolosamente disminuya su activo y aumente su pasivo, agravando la cesación de pagos)

La quiebra puede ser solicitada por uno o varios de sus acreedores siempre y cuando tengan derecho a pedirla, o bien puede ser pedida por el mismo deudor.

Si la sentencia del juez dicta la declaración de quiebra el fallido no puede administrar sus bienes, los mismos pasaran a ser administrados por un sindico. A demás las acreencias a plazo pendientes se tornaran vencidas e inmediatamente exigibles.

Se fijan los derechos de los acreedores, es decir, estos no pueden mejorar su situación con posterioridad a la declaración de quiebra.

Las prioridades de pago en la quiebra:

  1. se pagaran los gastos administrativos, sueldos y salarios y los impuestos y tributos.
  2. luego se procedera a pagar a los acreedores.

NOTA: las cooperativas no pueden ser declaradas en quiebra.

martes, 21 de agosto de 2007

Contarto de sociedades

Contrato de sociedades aquel por el cual dos o más personas convienen en contribuir cada uno con la propiedad o el uso de las cosas o con su propia industria a la realizacion de un fin economico comun.

las sociedades mercantiles son:
  • C.A.
  • Compañía en comandita
  • S.R.L.
  • Consorcio
  • Cuentas de participación
  • Sociedades de personas

para que estas sociedades realicen un contrato este no debe poseer ningun vicio del concentimiento asi como tambien las 2 partes contratantes deben estar de acuerdo

sábado, 18 de agosto de 2007

El contrato de arrendamiento.

Este contrato es por el cual una de las partes contratantes se obliga a hacer gozar a la otra de un bien mueble o inmueble, por cierto tiempo y bajo un precio establecido en el contrato, el cual esta obligado a pagar.

La persona que arrienda el objeto es el arrendatario.

La que goza temporalmente de ese objeto es el arrendatario

“en este contrato las 2 partes se ven obligadas”, en el caso del arrendatario esta en la obligación a entregarle la cosa arrendada, a mantener al arrendatario en el goce pacifico de la cosa arrendada (durante el tiempo del contrato), y en cambio el arrendador esta obligado a pagar el precio establecido en el contrato por concepto del arrendamiento así como también es responsable de entregar la cosa en buen estado.

El subarrendamiento: es cuando el arrendatario concede a su vez, el arrendamiento de la cosa arrendada existe subarrendamiento cuando en el contrato de arrendamiento esta previsto una cláusula donde el arrendador permite el subarrendamiento al arrendatario.

“el arrendatario puede exigir el tiempo del arrendamiento, mientras, que el arrendador no”

El leasing o arrendamiento financiero: es cuando el arrendatario se obliga a pagar ciertas cantidades al arrendador y este se obliga también a poner a disposición del arrendatario un material, conforme a las indicaciones y deseos de este. Además esta pre4sente en este contrato la opción a compra la cual deberá ser dada por el arrendatario, después del tiempo de la convención del contrato.

Nota: Los contratos de arrendamiento de casas y predidos rústicos están regulados por el Código Civil Venezolano, ya que son actos de naturaleza civil, en cambio los contratos de arrendamiento financieros, son actos de comercio y por eso se rigen por el Código de Comercio.

Las cooperativas.

Es una empresa conformada por personas que persiguen un objetivo en común, puede ser económico o social; esta empresa puede estar constituida para cumplir funciones productivas de obtención, de consumo o crédito de participación libre y democrática. En las cooperativas la participación de cada socio en cuanto al beneficio esta determinado por el trabajo incorporado al objetivo común y no por la cantidades de dinero que haya aportado. las cooperativas deben estar conformadas por un numero no menor de 5 integrantes.

Para conformar una cooperativa se deben realizar los siguientes pasos:
  1. Retirar la planilla de reserva de denominación en SUNACOOP. (En esta planilla deben estar expresados 3 posibles nombres para la cooperativa para comprobar su disponibilidad, en caso de que no estuvieran disponibles SUNACOOP determinara el nombre de la cooperativa, "esto se realizara en un lapso de 5 dias habilies despues de retirada la planilla")
  2. Los interesados en conformar una cooperativa tienen 90 días para realizar los posteriores procedimientos sin perder la reserva de denominación. (el grupo de personas se reúnen y redactan los estatutos)
  3. Una vez comprobados los estatutos por los asociados, se acude al registro subalterno de la localidad para ser registrada y recibir la personalidad jurídica de la cooperativa.

El objetivo fundamental de las cooperativas es la prestación de servicios.

  • Existen diversos tipos de cooperativas las cuales se clasifican según su actividad
  • Cooperativas de producción de bienes y servicios.
  • Cooperativas de consumo de bienes y servicios.
  • Cooperativas de ahorro y crédito
  • Cooperativas mixtas.

Sea cual sea el tipo de cooperativa deben seguir valores como la ayuda mutua, responsabilidad, democracia, igualdad, equidad y solidaridad.

SUNACOOP: Es el instituto encargado de fiscalizar y controlar las cooperativas, es la superintendencia nacional de cooperativas, a parte es un organismo adscrito al ministerio para la economía popular, al que por ley le corresponde la legalización, registro, supervisión y promoción de las cooperativas en Venezuela.


Nota: Las cooperativas no pueden ser declaradas en quiebra.


viernes, 17 de agosto de 2007

La letra de cambio.

La letra de cambio forma parte de los títulos valores, dicha letra es el titulo de crédito que contiene a la orden de pagar o hacer pagar al beneficiario del mismo al vencimiento una cantidad determinada de dinero en la forma que establezca la ley.
Las personas intervinientes en la letra de cambio son:
  1. El librador (quien admite la letra)
  2. Librado (el obligado a pagar)
  3. Beneficiario (tiene derecho a exigir el pago de la letra)
  4. Endosante o endosario (quien hace y recibe el endoso)
  5. Avalista (quien garantiza el cumplimiento de pago)

La letra de cambio para ser valida debe contener:

  • Denominación de letra de cambio en el documento
  • La orden pura y simple a pagar una cantidad de dinero
  • Nombre de quien debe pagar
  • El monto que debe pagarse
  • Nombre a quien se debe pagar (librado o beneficiario en caso de que la letra haya sido endosada)
  • El lugar donde se efectuara el pago
  • Fecha y lugar donde la letra fue emitida
  • La firma d quien gira la letra

"si faltase algunos de estos requisitos la letra no tiene validez"

entre sus principales características se encuentran; es un documento escrito; es un medio de pago y también de crédito; es un titulo a la orden de pago.

Nota: Al decir que es un titulo a la orden de pagar, es que se tiene que pagar a la persona que presente la letra el día de su vencimiento. “la letra de cambio no es un juramento de pago sino una garantía del mismo

La compañia anonima.

Estas compañías están constituidas por 2 o más personas. Su capital social esta constituido por acciones o títulos de valores que pueden cederse sin el consentimiento de los socios, y por cualquier situación que pueda presentarse los socios solo responden por el monto de sus acciones. Su historia deriva de épocas romanas, entre sus características mas importantes están:
  1. Es indudablemente una persona jurídica
  2. Persigue fines de lucro
  3. Los derechos de los socios están representados por sus acciones.

Por otro lado, al hablar de la administración de estas compañías, es efectuada por 2 órganos colegiados. La junta de accionistas, y el directorio (el cual designa un gerente).

“la compañía o sociedad anónima deberá ser inscrita en el registro mercantil, y para su identificación se colocaran al final del nombre de la compañía las siglas C.A o S.A”.

Las compañías anónimas están divididas en pequeñas partes denominadas acciones:

  • Responsabilidad: cuando los socios responden solo por la suma de sus acciones.
  • Sociedad de capital por excelencia: se basa mas que todo en los aportes hecho y no en quienes los realizan.
  • Vida continuada: es independiente de sus propietarios.
  • Acciones transferidas: pueden cambiar continuamente de dueño.
  • Personería legal: ente jurídico separado de sus propietarios.

La duración de la asociación o compañía anónima estará establecida en el acta de constitución.

las acciones, son Inversiones de capital las cuales la mayoría de las veces son compradas con finalidades de lucro. Existen 7 clases de acciones:

  1. Ordinarias
  2. Privilegiadas
  3. Diferidas
  4. Preferidas
  5. Escritúrales
  6. Endosadas
  7. Al portador

nota: La compañia anonima es sinonimo de sociedad anonima y viseversa. La muerte de alguno de sus socios no afecta la vida de la empresa.

contrato de transporte.

El contrato de transporte esta fundamentado en el traslado de un lugar a otro de cosas o de personas.

En tal contrato intervienen:
  1. Un porteador o acarreador (persona encargada de trasladar la persona o la cosa)
  2. Un remitente que da el encargo (el que solicita el traslado, y envía la persona o cosa)
  3. Un objeto o sujeto a transportarse (la cosa o la persona)
  4. El precio (por el cual se va a realizar el traslado)
  5. El lugar de destino.

para establecer un contrato de transporte no es necesario que el remitente sea mayor de edad, siempre y cuando tenga capacidad permitida por la ley para contratar. Por ejemplo, cuando un particular menor de edad envia un paquete por MRW.

el porteador o acarreador es la persona responsable del objeto a transportar desde el momento en que el remitente le haya entregado el mismo, tambien el porteador debera debe entregar dicho objeto en el lugar de su destino y aparte la debe custodiar para que esta llegue en perfecto estado.

nota: en caso de que el ojeto del traslado no llegue al lugar de su destino o llegue en mal estado, la responsabilidad recae en el porteador.

Remitente ------> Porteador------> (porteador + objeto) ------> Destino

(Contrato de transporte)------------> Dinero

jueves, 16 de agosto de 2007

la camara de comercio.

La camara de comercio, es una asociación local, nacional o internacional de empresarios, establecida para promover iniciativas comerciales. su historia se remota a 1599. La primera asociación comercial que se autodenominó cámara de comercio fue fundada en Marsella (Francia), la camara de comercio puede estar constituida mediante la convención de una asociación, dicha convencion debe estar conformada por comerciantes por mayor, jefes de establecimientos industriales, capitanes de buques, corredores o venduteros con carácter publico, o lo que es lo mismo, puede estar integrada por cualquiera de estas categorías de comerciantes, "el numero de integrantes de la asociacion no pueden ser menor a 10".

Conforme con el art. 46 del Código de Comercio el objeto será el que habitualmente tiene tal institución en el comercio general, el que especialmente le señale la ley y los que exijan la necesidades mercantiles de la localidad, teniendo presente que su finalidad es la de servir a los intereses comunes del gremio y de la materia comercial en general.

para constituir una camara de comercio es necesario segui con 3 pautas o sistemas fundamentales.
  1. el que considera a loa cámara de comercio una institución publica.
  2. el sistema de asociación privada.
  3. el sistema eléctrico.

FEDECAMARAS: "Federación de Cámaras y Asociaciones de Comercio y Producción de Venezuela" es la principal patronal de nuestro pais, conformado por empresarios de todos los sectores económicos del país. Esta organización esta conformada por 13 sectores económicos, a saber: Comercio y Servicios,Industria, Construcción, Turismo, Financiero, Seguros, Agrícola, Pecuario, Minería, Energetico, Transporte, Telecomunicaciones y Medios de Comunicación. Además esta conformada por las Fedecamaras Regionales que en su conjunto totalizan 23 organizaciones estatales.

"Representa fundamentalmente el gran capital nacional y también algunas pequeñas y medianas empresas"

su mision es actuar como ente concertador de las grandes políticas del país (inversión, desarrollo, empleo, inflación, salarios, tasas de interés, entre otras) junto con el gobierno y los sindicatos. tambien:

  1. Armonizar intereses sectoriales y regionales.
  2. Ejercer la más alta representación ante los actores de la vida nacional e internacional.
  3. Formular e impulsar estrategias y políticas de desarrollo.

Nota: FEDECAMARAS fue fundada a partir de 1944.

la bolsa de valores

Bolsa de valores es una organización privada que brinda las facilidades necesarias para que sus miembros realicen negociaciones de compra venta de acciones de sociedades o compañías anónimas, bonos públicos y privados, certificados, títulos de participación y una variedad de instrumentos de inversión, atendiendo los mandatos de sus clientes.

Las bolsas de valores fomentan el ahorro y la invercion a largo plazo, fortaleciendo al mercado de capitales e impulsando el desarrollo economico y social de los países donde funcionan.

Las bolsas de valores cumplen un papel muy importante. Entre las funciones de la bolsa de valores se encuentran:

  1. canalizar el ahorro hacia la invercion , y poner en contacto a las empresas y entidades del estado necesitadas de recursos de inversión con los ahorradores.
  2. Suministra información financiera sobre la empresas; fija el valor de las acciones y acciones y asigna un precio al dinero por medio de la cotización de los valores y rentas fijas.
  3. Fija los precios de los títulos en la función de la oferta y la demanda
  4. Nivela desequilibrios a través de las operaciones a plazo
  5. Lleva el registro de cotizaciones y precios efectivos de los títulos valores, y tiene a disposición del público la información sobre todo lo que acontece en el mercado bursátil.
  6. Ofrece al inversionista las necesarias y suficientes condiciones de legalidad y seguridad en las transacciones que se realicen por medio de ella, con base en su Reglamento Interno.

Los miembros de la Bolsa asisten a reuniones denominadas Rueda de Corredores, para realizar las operaciones que les han sido encomendadas. Allí los Corredores hacen sus ofertas de venta o compra indicando la especie de valores, la cantidad, precio y la clase de operación que propone.

La bolsa de valores se rige por la ley de los mercados capitales, dicha ley regula la oferta pública de valores, cualquiera que éstos sean, estableciendo a tal fin los principios de organización y funcionamiento, las normas rectoras de la actividad de cuantos sujetos y entidades intervienen en ellos y su régimen de control, y a parte de esta ley también se rige bajo el código de comercio.

LOS CONTRATOS BURSATILES: son contratos de contenido predeterminado, sujetos a un termino rigurosamente establecido, perfeccionados en forma generica por los corredores de bolsa en la sede bursatil.

El atraso

el estado de atraso es el estado en el cual un comerciante o una sociedad mercantil no puede pagar la totalidad de sus deudas que tiene con sus acreedores por falta de liquido (dinero en efectivo). Es un procedimiento legal que tiene por objeto llegar a un acuerdo entre el deudor y los acreedores, bajo supervisión judicial sobre el modo de pago.

El atraso también se puede considerar como una petición autónoma o como defensa ante una demanda por quiebra. Suponemos que el estado de atraso es una petición autonoma cuando es hecho por el deudor antes de que cualquiera haya solicitado su declaracion de quiebra, o como defensa ante una demanda de quiebra que le haya sido impuesta por algunos de sus acreedores.

la finalidad fundamental en el estado de atraso es la liquidación ordenada de la totalidad o parte del patrimonio del deudor con el objeto de pagar todas sus deudas, o al menos las dos terceras partes de las mismas.

Las personas que pueden solicitar el estado de atraso son: El comerciante retirado, Heredero comerciante fallecido, el menos emancipado autorizado para comerciar y los acreedores del solicitante.

Todo proceso de atraso debe tener un síndico, este es el funcionario de buena fe, auxiliar de administración, este tiene como función el análisis exhaustivo de la situación económica del solicitante de atraso con fin de rendir una opinión razonada sobre si es conveniente o no otorgar el estado de atraso. En pocas palabras se puede decir que el sindico es un ayudante del juez al cual informa todo lo referente a las acciones económicas realizada por el deudor.

tambien en dicho proceso intervendrá la comisión de acreedores, esta comisión estará conformada por 3 de los principales acreedores que figuren en el estado nominativo del peticionario. Siempre y cuando residan en el lugar del juicio, y sus función es la misma que el síndico, examinar tanto la solicitud como sus recaudos y en general, el patrimonio y las relaciones económicas del deudor solicitante con el objeto de informar al tribunal y los acreedores.
(Tanto esta comisión como el síndico son indudablemente, órganos del proceso de atraso de los cuales se vale la ley para el cumplimiento de las finalidades del proceso de atraso).

la sentencia que dicta el proceso de atraso procedente o no, sera tomada por el juez, el cual actuara de manera soberana, ya que no esta de ninguna manera vinculado con las opiniones de las diversas personas vinculadas en el proceso.

Si la sentencia es dictada positivamente, es decir que si es procedente la aplicación del beneficio de atraso tiene consecuencias muy peculiares las cuales son:

  1. paralizacion de las acciones ejecutivas que en contra del deudor pueden ser realizadas por los acreedores. (entre estas acciones ejecutivas estan las demandas de cualquier especie incluyendo la demanda de quiebra)
  2. se le prohibe a los acreedores realizar el cobro inmediato (durante el plazo de tiempo fijado para la liquidacion amigable)

Todo proceso de atraso que halla sido sentenciado procedente puede terminarse de las siguientes maneras:

  1. que sea revocado por el tribunal de primera instancia.
  2. cuando durante el pago de moratoria inicial o durante su eventual prorroga el deudor pague todo lo que debe.
  3. cuando el deudor durante la tramitación del proceso pida su quiebra.
  4. si el tribunal la considera improcedente el proceso de atraso.
  5. cuando este se convierte en quiebra, no únicamente cuando el deudor la declare, sino también cuando ha cesado el plazo para la liquidación amigable y no cancelo ninguna deuda pendiente con sus acreedores.

nota: cuando ya se halla declarado la quiebra no es adminisible ni muchos menos procedente una peticion de atraso

lunes, 13 de agosto de 2007

las sociedas en comanditas

Es una sociedad mercantil, con razón social y capital social representado por partes sociales nominativas; suscritas por uno o más socios comanditados, que responden de las obligaciones sociales de una manera subsidiaria, solidaria e ilimitada y de uno o más socios comanditarios, que responden hasta el monto de su aportación.

La sociedad en comandita por acciones es la sociedad que tiene dos categorías de socios:
  1. Los comanditados son solidaria, ilimitada y subsidiariamente responsables por las obligaciones de la sociedad.
  2. Los comanditarios tienen responsabilidad limitada al capital comprometido
    Solo los aportes de los comanditarios se representan por medio de acciones.

Su constitución debe hacerse por un instrumento publico "documento", en el cual debe indicar el nombre, domicilio de los socios comanditarios y demás requisitos que impone el Código de Comercio, dicho documento deberá ser presentado ante el Registro publico de Comercio.

La administración de dicha sociedad la ejercen los socios comanditados o terceros ajenos a la sociedad. Pueden hacerlo uno o varios de ellos, la sociedad creara una asamblea la cual estará integrada por los socios de ambas categorías.

También esta sociedad será fiscalizada:

  1. Fiscalización interna: puede ser unipersonal o un consejo de vigilancia integrado por los socios comanditados no administradores.
  2. Fiscalización externa: la ejercen: la inspección general de justicia y la comisión nacional de valores, en los casos que corresponda.

Nota: Las ganancias o beneficios recibidos por esta sociedad sera repartida entre los socios, de acuerdo a sus aportes de capital.

Sociedad de responsabilidad limitada

La sociedad de responsabilidad limitada es aquella en la cual las obligaciones sociales están garantizadas por un capital determinado, dividido en cuotas de participación las cuales no podrán estar representadas en ningún caso por acciones o títulos negociables. En Venezuela se empezó a introducir este tipo de sociedad en 1955, la cual provenía de Alemania.

Este tipo de sociedad tiene características muy particulares:
  1. la responsabilidad de los socios se limita exclusivamente al capital aportado por cada uno.
  2. el nombre de la sociedad debe llevar al final de su nombre las siglas S.R.L. por ejemplo: Alimentos Andinos S.R.L
  3. se Constituirá por un capital no menor a 20.000 Bs y no debe exceder de 2.000.000 Bs.

Para constituir este tipo de sociedad se deberá realizar un documento donde estará expreso:

  • nombre, domicilio y nacionalidad de los socios fundadores.
  • nombre, domicilio y objeto de la S.R.L.
  • el monto del capital social con el monto aportado por cada socio.
  • el tiempo que la empresa tendra estimada funcionar.
  • entre otros requisitos que indica el Codigo de Comercio.

la S.R.L se puede disolver por :

  • acuerdo de todos los socios.
  • falta de ejercicio de actividad de la empresa por un lapso mayor de 3 años.
  • perdidas, o por reduccion de capital "por debajo del minimo legal"
  • o por cualquier otra causa expresa en el Codigo de Comercio.

Al constituir este tipo de sociedad se pueden presentar ciertos tipos de ventajas así como también desventajas. Las ventajas más importantes que podemos observar es que la responsabilidad económica de los socios es limitada, no tiene límites en el numero de socios. Y como desventajas: se le obliga llevar la contabilidad formal, no puede cotizar en la bolsa y además no puede emitir obligaciones.

Nota: cuando alguno de los socios integrantes de la S.R.L. desee trapasar sus participaciones en la misma debe hacerlo por escrito.

viernes, 10 de agosto de 2007

El contrato de servicios

el contrato de servicios se podria denominar como un acto donde una persona pone su actividad profecional al servicio de otras personas, durante un tiempo determinado.
Todas las personas son capases de realizar contratos de servicio siempre y cuando la ley no le imponga lo contrario.
Las personas prestadoras de servicios pueden ser de dos tipos:
  1. Personas o instituciones publicas: con las cuales la mayoria de las veces no es necesario realizar un contrato por escrito. Por ejemplo: cuando cualquier individuo se dirige a un centro asistencial no es necesario que realize un contrato para poder disfrutar del servicio.
  2. Personas o instituciones privadas; con estas si es necesario que se realize un contaro por escrito, ya que sirve como garantia o medio provatoria ante cualquier situacion que pudiera ocurir, por ejemplo: cuando un particular se afilia a una compañia aseguradora es escencial que realice un contrato, ya que con el demuestra que este afiliado a la misma.

el contrato de servicios que se realice debe tener el consentimiento de de las partes contratantes y no debe poseer los vicios del mismo. También deberá contener las cláusulas y obligaciones que determinen las partes intervinientes

miércoles, 8 de agosto de 2007

resumen de las 3 primeras clases

Esto fue lo que vimos en las 3 primeras clases de legilacion mercantil.

Antes que nada vimos, las clasificaciones del derecho, entre ellas estaba el derecho privado y este asu vez se divide en derecho cibil y derecho mercantil. luego discutimos sobre el derecho mercantil y llegamos a la conclucion que es la rama del derecho privado que regula los actos de comercio y las actividades que los comerciantes y las empresas desarrollan. La legislacion mercantil utiliza como herramienta fundamental el codigo de comercio, del cual tambien hablamos y conocí que esta inspirado en el codigo frances. vimos tambien que el derecho mercantil se basa en ciertas teorias como la subjetiva, la objetiva y la teoria mixta.
" el derecho mercantil venezolano se basa en esta ultima teoria"

Entre las caracteristicas del derecho mercantil estan: la universalidad, la celeridad, el credito la seguridad, el caracter consetudinario y la valoracion de la equidad.
De la misma forma hablamos sobre las fuentes del derecho y vimos que su principal fuente es la ley, siguiendole la costumbre mercantil, luego el derecho cibil, la jurisprudencia y por ultimo los principios generales del derecho. tambien discutimos como el derecho mercantil se relaciona con otras ramas del derecho como: con el derecho administrativo, las ciencias juridicas, el derecho tributario, el penal, de trabajo, agrario y el derecho procesal.

"el derecho mercantil siempre busca un fin de lucro"

durante la segunda clase tratamos sobre los actos de comercio: el cual segun Eli Saul Barboza, es aquel realizado mediante la interposicion o la produccion en el cambio de bienes o de servicios, determinando la circulacion de la riqueza y produciendose generalmente una especulacion con dicha actividad y asi mismo aquellos que de dicha actividad se originan. su clasificacion es entendible, el codigo de comercio lo clasifica en 2:

  1. los actos de comercio de sentido absoluto.
  2. los actos de comercio de sentido relativo.

sin embargo, existe otra clasificacion realizada por Rocco:

  1. los actos de comercio por su naturaleza intrinceca.
  2. esta clasificacion es subdividible en 2: los declarados directamente comerciales por la ley; y los que se presumen como actos de comercio.

En todo acto de comercio interviene un sujeto "el comerciante", el ojeto " la actividad comercial" y la causa "la finalidad de lucro"

ahora hablemos un poco sobre el sujeto que del acto de comercio, es decir, el comerciante, el comerciante es la persona que actua en nombre propio y asume todos los derechos y obligaciones del acto de comercio; para ser comerciante se debe tener la capacidad, para obligarce y contratar, las personas que la ley no les prohiva ser comerciantes pueden serlo sin ningun problema. para serlo deben ejercerlo en nombre propio como dije anteriormente y realizarlo de forma habitual.

el Co de Co, utiliza terminos genericos para tratar al comerciante y a los empresarios, por lo tanto podemos decir que cuando este se esta refiriendo al comerciante en realidad esta caracterizando al empresario.

como la ley permite alas personas ser comerciantes, tambien impone prohibiciones para ello. las prohibiciones son de 2 clases:

  1. de derecho publico: "funcionarios publicos"
  2. de derecho privado: "establecidas en el codigo de comercio"

tambien conocemos la importancia de la contabilidad mercantil la cual tiene como objeto poder conocer a través de los libros empleados por el comerciante para llevar un controlde las operaciones que efectua, la situación de su actividad comercial, determinar los resultados y precisar en cierto modo las causas que así lo determinan.