viernes, 10 de agosto de 2007

El contrato de servicios

el contrato de servicios se podria denominar como un acto donde una persona pone su actividad profecional al servicio de otras personas, durante un tiempo determinado.
Todas las personas son capases de realizar contratos de servicio siempre y cuando la ley no le imponga lo contrario.
Las personas prestadoras de servicios pueden ser de dos tipos:
  1. Personas o instituciones publicas: con las cuales la mayoria de las veces no es necesario realizar un contrato por escrito. Por ejemplo: cuando cualquier individuo se dirige a un centro asistencial no es necesario que realize un contrato para poder disfrutar del servicio.
  2. Personas o instituciones privadas; con estas si es necesario que se realize un contaro por escrito, ya que sirve como garantia o medio provatoria ante cualquier situacion que pudiera ocurir, por ejemplo: cuando un particular se afilia a una compañia aseguradora es escencial que realice un contrato, ya que con el demuestra que este afiliado a la misma.

el contrato de servicios que se realice debe tener el consentimiento de de las partes contratantes y no debe poseer los vicios del mismo. También deberá contener las cláusulas y obligaciones que determinen las partes intervinientes

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