miércoles, 8 de agosto de 2007

resumen de las 3 primeras clases

Esto fue lo que vimos en las 3 primeras clases de legilacion mercantil.

Antes que nada vimos, las clasificaciones del derecho, entre ellas estaba el derecho privado y este asu vez se divide en derecho cibil y derecho mercantil. luego discutimos sobre el derecho mercantil y llegamos a la conclucion que es la rama del derecho privado que regula los actos de comercio y las actividades que los comerciantes y las empresas desarrollan. La legislacion mercantil utiliza como herramienta fundamental el codigo de comercio, del cual tambien hablamos y conocí que esta inspirado en el codigo frances. vimos tambien que el derecho mercantil se basa en ciertas teorias como la subjetiva, la objetiva y la teoria mixta.
" el derecho mercantil venezolano se basa en esta ultima teoria"

Entre las caracteristicas del derecho mercantil estan: la universalidad, la celeridad, el credito la seguridad, el caracter consetudinario y la valoracion de la equidad.
De la misma forma hablamos sobre las fuentes del derecho y vimos que su principal fuente es la ley, siguiendole la costumbre mercantil, luego el derecho cibil, la jurisprudencia y por ultimo los principios generales del derecho. tambien discutimos como el derecho mercantil se relaciona con otras ramas del derecho como: con el derecho administrativo, las ciencias juridicas, el derecho tributario, el penal, de trabajo, agrario y el derecho procesal.

"el derecho mercantil siempre busca un fin de lucro"

durante la segunda clase tratamos sobre los actos de comercio: el cual segun Eli Saul Barboza, es aquel realizado mediante la interposicion o la produccion en el cambio de bienes o de servicios, determinando la circulacion de la riqueza y produciendose generalmente una especulacion con dicha actividad y asi mismo aquellos que de dicha actividad se originan. su clasificacion es entendible, el codigo de comercio lo clasifica en 2:

  1. los actos de comercio de sentido absoluto.
  2. los actos de comercio de sentido relativo.

sin embargo, existe otra clasificacion realizada por Rocco:

  1. los actos de comercio por su naturaleza intrinceca.
  2. esta clasificacion es subdividible en 2: los declarados directamente comerciales por la ley; y los que se presumen como actos de comercio.

En todo acto de comercio interviene un sujeto "el comerciante", el ojeto " la actividad comercial" y la causa "la finalidad de lucro"

ahora hablemos un poco sobre el sujeto que del acto de comercio, es decir, el comerciante, el comerciante es la persona que actua en nombre propio y asume todos los derechos y obligaciones del acto de comercio; para ser comerciante se debe tener la capacidad, para obligarce y contratar, las personas que la ley no les prohiva ser comerciantes pueden serlo sin ningun problema. para serlo deben ejercerlo en nombre propio como dije anteriormente y realizarlo de forma habitual.

el Co de Co, utiliza terminos genericos para tratar al comerciante y a los empresarios, por lo tanto podemos decir que cuando este se esta refiriendo al comerciante en realidad esta caracterizando al empresario.

como la ley permite alas personas ser comerciantes, tambien impone prohibiciones para ello. las prohibiciones son de 2 clases:

  1. de derecho publico: "funcionarios publicos"
  2. de derecho privado: "establecidas en el codigo de comercio"

tambien conocemos la importancia de la contabilidad mercantil la cual tiene como objeto poder conocer a través de los libros empleados por el comerciante para llevar un controlde las operaciones que efectua, la situación de su actividad comercial, determinar los resultados y precisar en cierto modo las causas que así lo determinan.

3 comentarios:

angela dijo...

hola layla tienes madera de lider y supiste defenderte muy bien entu exposicion y representar a tu grupo... felicitaciones... sigue asi...

marina ramirez dijo...

estuviste muy bien en tu exposicion... felicidades...

Ryna Gámez dijo...

Demás esta decir que lo hiciste muy bien, sigue así, por supuesto me dejaste sin palabras.