viernes, 17 de agosto de 2007

La letra de cambio.

La letra de cambio forma parte de los títulos valores, dicha letra es el titulo de crédito que contiene a la orden de pagar o hacer pagar al beneficiario del mismo al vencimiento una cantidad determinada de dinero en la forma que establezca la ley.
Las personas intervinientes en la letra de cambio son:
  1. El librador (quien admite la letra)
  2. Librado (el obligado a pagar)
  3. Beneficiario (tiene derecho a exigir el pago de la letra)
  4. Endosante o endosario (quien hace y recibe el endoso)
  5. Avalista (quien garantiza el cumplimiento de pago)

La letra de cambio para ser valida debe contener:

  • Denominación de letra de cambio en el documento
  • La orden pura y simple a pagar una cantidad de dinero
  • Nombre de quien debe pagar
  • El monto que debe pagarse
  • Nombre a quien se debe pagar (librado o beneficiario en caso de que la letra haya sido endosada)
  • El lugar donde se efectuara el pago
  • Fecha y lugar donde la letra fue emitida
  • La firma d quien gira la letra

"si faltase algunos de estos requisitos la letra no tiene validez"

entre sus principales características se encuentran; es un documento escrito; es un medio de pago y también de crédito; es un titulo a la orden de pago.

Nota: Al decir que es un titulo a la orden de pagar, es que se tiene que pagar a la persona que presente la letra el día de su vencimiento. “la letra de cambio no es un juramento de pago sino una garantía del mismo

No hay comentarios: